Nexvia Solar
Qué se exonera y qué no

Ley 57-07 e ITBIS, sin letra pequeña.

La ley de incentivo a las renovables puede quitarle el ITBIS a parte de tu sistema. “Parte” es la palabra importante. Aquí te explicamos cuál parte y cómo lo verás en la propuesta.

18 %ITBIS
2007año de la ley
1línea por pieza

Qué es la Ley 57-07

La Ley 57-07 sobre Incentivo al Desarrollo de Fuentes Renovables de Energía y sus Regímenes Especiales es la norma dominicana que promueve la energía solar, eólica y otras fuentes limpias. Entre sus incentivos está la exención de impuestos de importación y de ITBIS para los equipos destinados a producir energía renovable.

La Comisión Nacional de Energía (CNE) es la institución que clasifica qué equipos califican y emite las aprobaciones. Varias reformas fiscales posteriores han ajustado algunos incentivos, por lo que siempre trabajamos con el criterio vigente al momento de tu compra.

Qué puede quedar exento

En general, los equipos que forman el sistema de generación y almacenamiento:

  • Paneles solares fotovoltaicos.
  • Inversores, incluidos los híbridos.
  • Baterías destinadas al sistema solar.
  • Componentes específicos del sistema, según la clasificación de la CNE.

“Puede” no es “siempre”: la exención depende de cómo se importa cada equipo y de que esté aprobado como parte de un sistema renovable.

Qué paga ITBIS

Lo que no es un equipo de generación suele pagar el 18 % normal:

  • Mano de obra, instalación y puesta en marcha: es un servicio.
  • Materiales de uso general, como parte del cableado, tuberías o herrajes que no se clasifican como componentes del sistema.
  • Cualquier equipo que no califique según la CNE.

Cómo lo ves en la propuesta

Cada equipo va en su propia línea, y el ITBIS es una línea aparte. En la propuesta de ejemplo el 18 % se aplica a todas las líneas: es el escenario conservador, el precio máximo que pagarías.

Cuando confirmamos qué piezas entran bajo la exención, esas líneas cambian y el ITBIS baja delante de ti. Nunca prometemos la exención como un descuento general sobre el total.

Ejemplo. Si en el sistema de 6.48 kWp calificaran los paneles, el inversor y las baterías, el ITBIS se calcularía solo sobre estructura, protecciones e instalación. La propuesta te muestra ambos números antes de firmar.

Medición neta

Si tu sistema está conectado a la red, puedes solicitar a tu distribuidora (EdeEste, EdeNorte o EdeSur) el programa de medición neta: el excedente que inyectas de día se compensa con lo que tomas de la red. La distribuidora instala un medidor bidireccional después de revisar la instalación.

Te ayudamos con la solicitud y con los planos que pide la distribuidora.

Pasos y papeles

  1. Propuesta aceptada, con los equipos definidos por marca y modelo.
  2. Gestión de la exención de los equipos que califican.
  3. Instalación y puesta en marcha.
  4. Si quieres medición neta: solicitud a la distribuidora y cambio de medidor.
Importante. Esta página es informativa y no sustituye asesoría legal o fiscal. Los incentivos y sus condiciones pueden cambiar; confírmalos con tu contador o con la CNE. Si tu empresa declara ITBIS, pregúntale a tu contador cómo afecta la propuesta.

Empieza porla factura.

Gratis, sin registro, resultado en menos de un minuto. Si te sirve, la propuesta ya está lista para firmar.